1.000 extrabajadores de Cervecería Nacional aún no cobran sus utilidades, ¿hasta cuándo lo pueden hacer?
El Ministerio del Trabajo ha pagado USD 49,2 millones a extrabajadores de Cervecería Nacional por la deuda de sus utilidades, pero aún le falta por pagar más de USD 600.000 a unas 1.000 personas.

La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, a la salida de la Corte Constitucional, este 25 de abril de 2025, tras entregar un informe de seguimiento sobre el caso de los extrabajadores de Cervecería Nacional.
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Hasta el 22 de abril de 2025, el Ministerio del Trabajo ha cancelado USD 49,2 millones por concepto de utilidades a 1.616 extrabajadores de la empresa Cervecería Nacional, incluidos 55 herederos de personas fallecidas.
La información se desprende de un informe de seguimiento al caso, presentado este 25 de abril por la ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, ante la Corte Constitucional.
"Finalmente hemos pagado, de acuerdo a la disposición de la Corte Constitucional de diciembre de 2024, a todos los herederos de los fallecidos", dijo Núñez, en referencia a los USD 2,7 millones que se cancelaron a 55 herederos.
El valor pagado a los 1.616 extrabajadores corresponde al 98,7% del monto total a cancelar, según una resolución ministerial del 1 de septiembre de 2023, que asciende a USD 49,8 millones.
Mientras tanto, en número de beneficiarios, se ha pagado al 61,7% de un total de 2.625 personas que tienen derecho al pago de sus utilidades, por los años 1.990 a 2005, en los que laboraron para Cervecería Nacional.
A la fecha, 1.009 extrabajadores beneficiarios aún estarían pendientes de recibir sus pagos, por un monto total de USD 664.244. Según el informe presentado por el Ministerio del Trabajo a la Corte, este grupo de personas aún no ha presentado la información requerida para proceder con el pago.
"La fecha hasta la cual se debe recibir la documentación para el pago en esta Cartera de Estado es el 27 de mayo de 2025", recalca el Ministerio del Trabajo en el informe presentado a la Corte. Esa fecha de vencimiento se corresponde a los plazos establecidos por la propia Corte para dar cumplimiento a la sentencia sobre este caso, emitida el 18 de abril de 2018.
Luego de esa fecha, la Cartera de Trabajo podrá depositar los valores no pagados a la cuenta que establezca el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), pues ese dinero se destinará para el Régimen Solidario de Seguridad Social, de acuerdo con el artículo 106 del Código del Trabajo.
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