Ecuador: A partir de septiembre de 2024, casas de pronósticos deportivos pagarán impuesto especial
Por primera vez, a partir de septiembre de 2024, los operadores de pronósticos deportivos pagarán y declararán un impuesto del 15%. Y habrá una retención del 15% a jugadores que ganen premios. Esto es lo que debe saber sobre el nuevo tributo.
Imagen referencial de un balón de fútbol sobre el césped de un estadio.
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El Impuesto Único para los pronósticos deportivos en Ecuador, que entró en vigencia el 1 de julio de 2024, será pagado en septiembre de 2024. Y, en adelante, el pago será mensual y a mes caído, informó el Servicio de Rentas Internas (SRI).
De esa manera, se cumple una vieja aspiración del Estado ecuatoriano por evitar la evasión de impuestos de estas actividades, que han estado muy poco reguladas en el país.
De hecho, fue el Gobierno de Guillermo Lasso que buscó regular a estas actividades de pronósticos deportivos en Ecuador y establecer un régimen tributario específico para este sector.
El tema entró en la agenda pública por primera vez hace 16 meses, tras la disolución de la Asamblea Nacional por la muerte cruzada decretada por el entonces presidente Guillermo Lasso.
En mayo de 2023, el entonces jefe de Estado firmó un decreto de urgencia económica con la Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar que, entre otras cosas, creó el Impuesto a la Renta Único a los Operadores de Pronósticos Deportivos (IRPD).
Lo que propuso Guillermo Lasso
La reforma legal que propuso Guillermo Lasso creó un régimen especial para que los negocios de pronósticos deportivos paguen un Impuesto Único del 15% mensual sobre los ingresos que reciben por apuestas localizadas en Ecuador por Internet o cualquier otro medio.
El cuerpo legal proponía que, de la base imponible, las empresas podrían descontar los premios que otorgan a los jugadores.
Los jugadores de las plataformas que no sean residentes en Ecuador, en cambio, deberían pagar el Impuesto Único del 15% mensual sobre el valor de su apuesta.
Y, además, dispuso que el SRI aplique una retención del 15% sobre el valor de los premios que reciban los apostadores en línea, que será realizado por la plataforma o las instituciones a través de las cuales se acredite el premio.
Pronósticos deportivos cuestionaron el proyecto
Debido a la muerte cruzada, la norma requería de un dictamen favorable de la Corte Constitucional, que recibió observaciones de distintos actores.
Por ejemplo, la empresa de pronósticos deportivos SportBet presentó un amicus curiae (u observación). La empresa consideró que el nuevo Impuesto a la Renta Único del 15% mensual sobre los ingresos de las plataformas de pronósticos deportivos contraviene el principio constitucional de equidad e igualdad.
SportBet cuestionó que solo las empresas nacionales tengan que pagar este impuesto y no aquellas plataformas domiciliadas en el extranjero.
Y añadió que la reforma estaba dando un trato preferencial y más beneficioso a las plataformas domiciliadas en el extranjero.
Finalmente, la Corte Constitucional dio su aval y la Ley entró en vigencia el 20 de junio de 2023. La nueva reforma de Lasso ordenaba que el Impuesto Único a los Pronósticos Deportivos debía entrar en vigencia el 1 de enero de 2024.
Noboa hizo cambios
El actual presidente Daniel Noboa introdujo cambios al régimen tributario especial para los pronósticos deportivos creado por Lasso a través de la Ley de Eficiencia Económica, que entró en vigencia en diciembre de 2023.
Uno de los ajustes fue la extensión del plazo para la entrada en vigencia del impuesto hasta el 1 de julio de 2024.
Además, la Ley de Eficiencia Económica dispuso que el impuesto del 15% sea pagado por todo operador de pronósticos deportivos, sea residente o no.
Para ello, estableció que toda operadora de pronósticos deportivos que quiera desarrollar su actividad en el país tiene que registrarse en el catastro del Servicio de Rentas Internas (SRI).
Y obliga a todos los operadores a designar un representante en el país para realizar la declaración y el pago de impuestos.
La inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de los operadores de pronósticos deportivos debe hacerse bajo la actividad económica 'Gestión de sitios de Internet dedicados a los pronósticos deportivos'.
También mantuvo la disposición de que el SRI aplique una retención del 15% sobre el valor de los premios que reciban los apostadores en línea, que será realizado por la plataforma o las instituciones a través de las cuales se acredite el premio.
Plazo para inscribirse en el RUC
El SRI emitió una resolución el 31 de julio en la que dio un plazo de un mes a los operadores de pronósticos deportivos para que se inscriban en el RUC o actualicen su registro, según los cambios de la nueva normativa. El plazo cuenta desde la entrada en vigencia de esa normativa con su publicación en el Registro Oficial el 1 de agosto.
Los no residentes en Ecuador, tienen un plazo de dos meses, es decir, hasta el 1 de octubre de 2024.
Al momento, 65 operadores de pronósticos deportivos se han registrado en el catastro del SRI, entre ellos, dos empresas extranjeras: Logflex MT Limited (NOVIBET) y Kaizen Gaming International Limited (BETANO).
El exdirector del SRI, Francisco Briones, aclara que los negocios de pronósticos deportivos que venían operando de manera regular y formal en el país sí pagaban, anteriormente, Impuesto a la Renta en el régimen general, Impuesto al Valor Agregado (IVA) para plataformas digitales y otros tributos. Briones calcula que al menos unas 15 empresas ya operaban de manera formal.
Sin embargo, explica Briones, la Ley de Régimen Tributario Interno permite la creación de regímenes especiales que sustituyen al Impuesto a la Renta del régimen general, cuya tarifa es de 25% sobre las utilidades.
Estos regímenes especiales se implementan por las particularidades de la actividad económica, el volumen del negocio y para reducir la probabilidad de evasión tributaria.
En el caso de los operadores de pronósticos deportivos, añade Briones, también se pretendía comenzar a captar el Impuesto a la Renta en las ganancias de los apostadores.
¿Cómo se declara y paga el impuesto único?
El Impuesto a la Renta Único a los Operadores de Pronósticos Deportivos grava los ingresos obtenidos por estos contribuyentes, bien sea a través de plataformas digitales o en locales físicos.
La declaración y pago de este impuesto debe realizarse cada mes, sobre los ingresos obtenidos el mes anterior. Incluso en meses donde no se efectuaron operaciones, deberá declararse el impuesto. Para ello, los operadores deberán utilizar el formulario 'Declaración de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta', disponible en el sitio web del SRI,
Al igual que en otros regímenes, se tomará en cuenta el último dígito del RUC para la fecha máxima de declaración y pago del impuesto, como se muestra en el siguiente cuadro:
Para el cálculo de la base imponible, deben tomarse en cuenta el total de los ingresos generados, incluyendo comisiones, menos el total de los premios pagados en ese mismo mes. Sobre el resultado se aplicará una tarifa del 15%.
Los operadores residentes en el país también deberán hacer una declaración anual del impuesto a la renta, en la que se consolidarán los valores declarados cada mes.
¿Desde cuándo deberá pagarse el impuesto único?
La resolución del SRI establece en su disposición transitoria tercera que, por única vez, las fechas de declaración del Impuesto a la Renta Único para operadores de pronósticos deportivos, así como las retenciones en la fuente correspondientes a ese mes, se trasladan a septiembre.
Es decir, en ese mes deberá declararse el impuesto correspondiente a los ingresos de julio y de agosto.
Retenciones en la fuente
Sobre los premios pagados a los jugadores deberá aplicarse una retención en la fuente de impuesto a la renta de 15%. Los operadores también deberán declarar y pagar mensualmente estas retenciones, que constituirán un crédito tributario para los ganadores de los premios cuando deban hacer el pago anual del Impuesto a la Renta.
El operador puede emitir un solo comprobante de retención por todos los premios entregados durante el mes a un mismo jugador.
Las personas naturales que reciban ingresos por premios de pronósticos deportivos deberán incluir esos ingresos en su declaración anual del Impuesto a la Renta, considerando para el pago del impuesto el crédito tributario otorgado con las retenciones realizadas por el operador.
Briones explica que con la declaración se calcula el valor real a pagar, por eso, en caso de que se haya retenido en exceso, el SRI debe hacer la devolución respectiva; caso contrario, el contribuyente debe pagar la diferencia.
Pago del IVA
Según la resolución del SRI, los operadores de pronósticos deportivos también deberán realizar la retención del IVA a los jugadores.
Los operadores no residentes que se registren en el RUC continuarán siendo objeto de retención de IVA por parte de entidades financieras, intermediarias o agentes de retención, salvo que al momento del registro del RUC, decidan ser "agente de percepción por importación de servicios digitales".
Comprobantes de venta
Los operadores de pronósticos deportivos, residentes o no en el país, deben entregar comprobantes de venta a los jugadores por cada evento deportivo, con el desglose de comisiones e IVA cobrado.
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