¿Cuáles son las diferencias entre el Anexo y la Proyección de Gastos Personales?
Tanto los trabajadores bajo relación de dependencia, como aquellos que son 'freelancers' o independientes pueden acceder a una rebaja del Impuesto a la Renta. Lea una guía.
Ventanilla de atención al público del SRI, Plataforma Financiera de Quito, 29 de febrero de 2024.
- Foto
PRIMICIAS
Autor:
Actualizada:
Compartir:
En febrero de 2025, según el calendario tributario del Servicio de Rentas Internas (SRI), las personas naturales en Ecuador deben cumplir con dos obligaciones: presentar el Anexo de Gastos Personales y la Proyección de Gastos Personales.
Se trata de dos trámites que le ayudarán a reducir el Impuesto a la Renta a pagar, al acceder a un descuento atado a los gastos personales en los que haya incurrido, en rubros como: vivienda, alimentación, vestimenta, salud, turismo y educación. Incluso puede incluir los gastos en el cuidado de sus mascotas.
Y aunque los nombres de los dos trámites tributarios suenan similares y se presentan en el mismo mes, hay diferencias clave que debe conocer para que pueda acceder al beneficio del descuento del Impuesto a la Renta.
En este video, PRIMICIAS le explica quiénes deben presentar tanto el Anexo como la Proyección, cómo deben hacerlo y hasta cuándo están vigentes los plazos.
Compartir: