Todo lo que debe saber sobre la devolución del IVA a adultos mayores con últimos cambios
Según la reforma al Reglamento de la Ley de Régimen Tributario, la devolución del IVA aplicará solo por compras realizadas en ciertos negocios autorizados por el SRI. Lea una guía.
Un funcionario del SRI ofrece asesoría tributaria a un adulto mayor en la Isla Puná, en Guayaquil, el 11 de julio de 2024. Imagen referencial.
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SRI / X
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El Reglamento a la Ley de Turismo, publicado el 15 de julio de 2024 en el Registro Oficial, establece un nuevo procedimiento para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a adultos mayores y personas con discapacidad.
Según el texto legal, que reformó el Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno, solo se devolverá el IVA por compras realizadas en establecimientos autorizados por el SRI, los cuales deben estar al día en el pago del IVA en los "últimos 12 meses".
Para ello, el SRI deberá publicar el listado de establecimientos autorizados en su página web. Mientras tanto, estará vigente el proceso anterior, según el Reglamento de ley.
Estas son algunas claves que debe saber sobre la devolución del IVA a adultos mayores:
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Consumos personales
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La devolución del IVA es un beneficio que aplica solo para las compras de bienes y servicios para consumo personal que realicen los adultos mayores, de 65 años de edad o más. Las facturas deben estar emitidas a su nombre.
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Tarifa máxima de devolución
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La tarifa máxima de devolución del IVA cada mes se calcula sumando el valor de dos salarios básicos unificados (SBU) del año en curso, es decir, USD 920 al 2024, y a ese valor, se le aplica la tarifa de IVA vigente, que desde abril es 15%.
Por tanto, actualmente la tarifa máxima de devolución es de USD 138 al mes.
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Canales para la devolución
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Existen tres canales para la devolución de este impuesto:
- Presencial, en las oficinas del SRI, solo en caso de tener facturas físicas, emitidas antes de noviembre del 2022. Si un tercero realiza el trámite, debe llevar el formulario de autorización.
- Virtual, desde el portal del SRI, con usuario y clave. Para obtener la clave, la persona de la tercera edad debe acudir a las oficinas del SRI. Luego, podrá seguir el proceso de manera virtual. Además, requiere contar con correo electrónico.
- Automático, es decir, que cuando el adulto mayor realice la compra, no se le cobre el IVA. Este beneficio solo está habilitado para compras en ciertos establecimientos autorizados. Sin embargo, para acceder al beneficio se requiere obtener un código en el SRI, para lo cual debe llenar primero un formulario en la página web y llevarlo a sus oficinas.
En este link le explicamos el paso a paso para la devolución por cada uno de los canales mencionados antes. En este video también puede conocer cómo hacerlo por el canal virtual del SRI:
- Presencial, en las oficinas del SRI, solo en caso de tener facturas físicas, emitidas antes de noviembre del 2022. Si un tercero realiza el trámite, debe llevar el formulario de autorización.
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Establecimientos al día con el SRI
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Como se mencionó al inicio, según la última reforma al Reglamento a Ley de Régimen Tributario Interno, solo se devolverá el IVA por compras realizadas en establecimientos autorizados por el SRI, los cuales deben estar al día en el pago del IVA en los "últimos 12 meses".
El SRI publicará el listado de establecimientos autorizados en su página web. Mientras tanto, podrá pedirse la devolución siguiendo el proceso anterior.
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Plazo de devolución
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La devolución del IVA debería concretarse en 60 días para los adultos mayores, según establece el reglamento de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Sin embargo, son comunes las quejas de beneficiarios que están esperando los montos de la devolución. Al 9 de julio, la deuda con las personas de la tercera edad era cercana a los USD 90 millones, según el director del SRI, Damián Larco, quien precisó que estaban realizando los pagos correspondientes a marzo de 2024.
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Solicitudes pueden acumularse
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Los contribuyentes podrán pedir la devolución del IVA cada mes. Pero, también pueden pedir la devolución por varios meses acumulados. Por ejemplo, el contribuyente puede pedir en marzo, la devolución del IVA de facturas de enero y febrero.
No existe un límite o tope de meses que un contribuyente pueda acumular en un solo mes. Sin embargo, hay que tomar en cuenta que los contribuyentes podrán pedir la devolución del IVA por facturas en las que hayan transcurrido hasta cinco años desde su emisión.
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