Biess otorgará dos alivios financieros para afiliados con hipotecarios, ¿cómo y quiénes pueden acceder?
La Ley de Alivios Financieros ordena al Biess otorgar dos tipos de alivios financieros, ¿de qué beneficios se trata? Lea una guía.
Feria de Vivienda del Biess, el 4 de marzo de 2020.
- Foto
Biess (página web)
Autor:
Actualizada:
Compartir:
La Ley de Alivios Financieros, que fue aprobada por la Asamblea y está en vigencia desde el 9 de diciembre de 2024, establece dos beneficios para los afiliados y jubilados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) con créditos hipotecarios.
Período de gracia para créditos reestructurados
El primer alivio es otorgar un período de gracia de tres meses (90 días) a quienes tengan créditos hipotecarios reestructurados o refinanciados vigentes hasta el 30 de septiembre de 2024.
Se trata de un beneficio adicional para las personas o clientes que están al día en el pago de sus créditos reestructurados y refinanciados. Y precisa que no aplica para quienes están atrasados en estos pagos.
Según David Castellanos, docente de la Universidad Andina Simón Bolívar, los clientes deben pensar bien si aceptar este nuevo beneficio solo si de verdad tienen dificultades, pues si bien se aplaza el pago del capital, los intereses sí se cobran.
Y se debe considerar que esas cuotas se trasladan al final del crédito, es decir, se alarga el pago de intereses del crédito mismo. "Quien no necesita los tres meses de gracia puede estar generando una carga a futuro", dice Castellanos".
Es más, la propia ley especifica lo siguiente:
Durante esos tres meses de gracia, los clientes solo deberán pagar el valor correspondiente a seguros de los créditos.
En cambio, los intereses ordinarios de esos tres meses se distribuirán entre las cuotas pendientes de pago. No habrá cobro de interés por mora ni gastos de cobranza o costos legales.
Cómo acceder al beneficio
Para brindar el alivio, la Ley ordena al Biess poner a disposición del público los canales operativos para su implementación óptima y ágil, sin necesidad de perfeccionamiento de documento alguno, excepto la nueva tabla de amortización.
Los interesados, en cambio, deben presentar una solicitud expresa para acceder al beneficio.
No habrá coactivas
Un segundo beneficio para afiliados y jubilados es que la Ley de Alivios Financieros ordena la suspensión de los procesos coactivos a partir de la entrada en vigor de la presente Ley y hasta el 28 de febrero del 2025.
La decisión se tomó en virtud de la crisis energética existente en el territorio nacional. Asimismo, el Biess tampoco podrán registrar a los deudores en la central de riesgos en ese período.
Compartir: