Contratos colectivos de CNT y CNEL podrían caerse por no contar con el dictamen favorable de Finanzas
La Corte Constitucional dejó sin efecto una resolución de un Tribunal de Conciliación de Loja que aprobó un contrato colectivo del GAD Provincial de El Oro, sin el dictamen de Finanzas.
Trabajadores de CNEL realizan labores de mantenimiento en la subestación Carolina, en la provincia de Santa Elena, 18 de julio de 2024. Imagen referencial.
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CNEL / X
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Al menos dos contratos colectivos de empresas públicas podrían perder validez por no contar con el dictamen favorable del Ministerio de Finanzas sobre la disponibilidad de recursos para cubrir incrementos salariales u otorgar nuevos beneficios a los trabajadores.
Ese dictamen obligatorio y vinculante de Finanzas para la aprobación de los contratos colectivos de trabajo está establecido en el artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.
En los últimos meses, la ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, ha insistido en que algunos de los actuales contratos colectivos de las empresas públicas estratégicas no cuentan con ese dictamen, entre ellos estarían al menos dos:
- Primer contrato colectivo de trabajo entre CNEL y el Comité de Empresa de los Trabajadores, suscrito el 18 de mayo de 2021.
- Tercera revisión del contrato colectivo de trabajo entre CNT y el Comité de Empresa Nacional de Trabajadores, suscrito el 10 de noviembre de 2023.
¿Por qué estos contratos colectivos podrían caerse? La ministra de Trabajo recordó el pasado 19 de julio de 2024 en la Comisión de Transparencia de la Asamblea Nacional que ya existe un pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre la necesidad de que exista este dictamen.
Se trata de una sentencia de la Corte, de septiembre de 2021, sobre la resolución de un Tribunal de Conciliación y Arbitraje de Loja, de febrero de 2017, que aprobó el Décimo Sexto Contrato Colectivo de Trabajo, iniciado por el Comité Central Único de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) Provincial de El Oro, sin contar con el dictamen de Finanzas.
En su decisión, la Corte dejó sin efecto la resolución del Tribunal de Loja que dio paso al contrato colectivo, sin el dictamen favorable de Finanzas. Y pidió al GAD de El Oro y al Tribunal de Conciliación y Arbitraje de Loja que coordinen para que el proceso de conflicto colectivo cuente con ese dictamen.
No obstante, la Corte dejó claro que el GAD de El Oro no podía exigir la devolución de beneficios económicos que hayan recibido los trabajadores por ese contrato.
"El Ministerio acaba de cumplir con esa sentencia (de la Corte Constitucional)", dijo la ministra Núñez a los legisladores.
Según Núñez, esa sentencia dejo claro la obligatoriedad del dictamen de Finanzas para la aprobación de contratos colectivos en el sector público.
Sobre el actual contrato colectivo de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), el gerente de la empresa pública, Roberto Kury, dijo a la Comisión de Transparencia de la Asamblea, en esa misma sesión del 19 de julio, que no se han implementado la totalidad de beneficios del tercer contrato colectivo porque eso tendría un" impacto negativo en los resultados financieros" de CNT.
"Como medida estamos coordinando con el Ministerio de Finanzas para evaluar la posibilidad de elevar el techo presupuestario para este gasto. Sin embargo, por existir una afectación en los resultados, no ha sido posible por el momento", dijo Kury a los legisladores.
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