Domingo, 19 de mayo de 2024
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Personas de la tercera edad ya pueden pedir la devolución del IVA del 15%

Autor:

Mónica Orozco

Actualizada:

1 May 2024 - 13:13

Con el alza de la tarifa de IVA del 12% al 15% aumentó el monto máximo de devolución que pueden pedir desde hoy los grupos vulnerables.

Foto referencial en un centro comercial, al norte de Quito, el 1 de mayo de 2024.

Autor: Mónica Orozco

Actualizada:

1 May 2024 - 13:13

Foto referencial en un centro comercial, al norte de Quito, el 1 de mayo de 2024. - Foto: Redacción Primicias

Con el alza de la tarifa de IVA del 12% al 15% aumentó el monto máximo de devolución que pueden pedir desde hoy los grupos vulnerables.

El monto máximo mensual de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 15% para las personas con discapacidad y de la tercera edad se puede solicitar desde este 1 de mayo de 2024.

Y es que con el alza del IVA del 12% a 15% también subió el monto de devolución de este tributo para grupos vulnerables.

El alza del IVA se dio porque en cumplimiento a la Ley para enfrentar el Conflicto Armado Interno, que aumentó la tarifa al 13% y abrió la puerta para que el Ejecutivo la incremente hasta 15%, facultad que fue utilizada por el presidente Daniel Noboa.

Antes, el valor máximo que se podía devolver a los adultos mayores era el equivalente al 12% (tarifa del IVA) de dos salarios básicos unificados (SBU) que es de USD 460 en 2024.

Así, por ejemplo, el máximo que se podía devolver por IVA a cada adulto mayor era de USD 110,4; es decir, el 12% de USD 920 (dos salarios básicos de 2024).

Pero ahora que el IVA subió al 15%, desde abril de 2024, el valor máximo que se podrá devolver será USD 138.

Debido a que la devolución se solicita al mes siguiente de la emisión de los comprobantes, los contribuyentes podrán acceder a estos montos más altos en sus solicitudes presentadas desde este mes de mayo.

Algo similar ocurrirá con las personas con discapacidad, aunque el monto que se devuelve es proporcional, según el nivel de discapacidad del contribuyente, aclara Estrella.

Por ejemplo, hoy una persona con 30% de discapacidad podrá pedir cada mes un monto máximo de devolución equivalente al 60% USD 110,4; es decir, USD 66.

En cambio, una persona con 75% de discapacidad podrá pedir una devolución mensual equivalente al 80% de USD 110,4; es decir USD 88,32.

Estos son los porcentajes que rigen según el nivel de discapacidad:

Retrasos en la devolución del IVA

La devolución del IVA debería concretarse en 90 días hábiles para las personas con discapacidad y para los adultos mayores en 60 días, según establece el reglamento de la Ley de Régimen Tributario Interno.

Sin embargo, hay quejas de beneficiarios que están esperando los valores incluso desde hace varios meses.

Hasta febrero de 2024, las devoluciones de IVA pendientes por acreditar a estos dos grupos vulnerables sumaba USD 100 millones.

Aunque desde entonces ha ido poniéndose al día, todavía hay valores pendientes de pago.

El SRI había informado que en abril de 2024, cuando se incremente la tarifa de IVA de 12% a 15%, la caja fiscal tendrá más liquidez, con lo que el Gobierno se podrá al día totalmente con este pago paulatinamente.

Si es parte de uno de estos dos grupos vulnerables, esto es lo que debe saber para pedir la devolución del IVA.

  • ¿Quiénes gozan del beneficio?

    A este beneficio solo acceden las personas con una discapacidad igual o superior al 30% y que cuenten con un documento que lo avale.

    También tienen derecho a esta devolución los ecuatorianos, así como los extranjeros residentes en Ecuador de 65 años de edad o más.

  • ¿En qué compras aplica la devolución?

    Solo se puede pedir devolución de IVA cuando se trata de bienes y servicios para uso personal del contribuyente de tercera edad o con discapacidad, por ejemplo, ropa, alimentos, medicinas, vivienda, transporte y educación.

    Para pedir la devolución del IVA es obligatorio que el comprobante esté emitido a nombre del beneficiario.

  • Trámite presencial o virtual

    El trámite para pedir la devolución del IVA se debe hacer a través de la plataforma virtual SRI en línea.

    Esto, debido a que la facturación electrónica es obligatoria desde noviembre de 2022.

    Con ello, los comprobantes de compra están en línea, y no es necesario que los contribuyentes presenten de manera física las facturas en la ventanilla del SRI, como ocurrían antes.

    Estrella explica que el trámite se puede hacer presencial solo en los casos en los que el contribuyente quiera pedir devolución de IVA con facturas físicas emitidas antes de noviembre de 2022.

  • ¿Cómo pedir la devolución por primera vez?

    Si es la primera vez que pedirá la devolución, debe acudir de manera presencial a las oficinas del SRI para pedir su usuario y clave para acceder al portal SRI en línea.

    Para obtener el usuario y clave, además, el contribuyente deberá tener un correo electrónico.

    En el portal encontrará una opción para registrar una cuenta bancaria, en donde se le acreditarán las devoluciones.

  • Las solicitudes se pueden acumular

    Los contribuyentes podrán pedir la devolución del IVA cada mes.

    Pero, también pueden pedir la devolución por varios meses acumulados. Por ejemplo, el contribuyente puede pedir en marzo, la devolución del IVA de facturas de enero y febrero.

    No existe un límite o tope de meses que un contribuyente pueda acumular en un solo mes.

  • SRI devuelve IVA de hasta cinco años atrás

    Los contribuyentes podrán pedir la devolución del IVA por facturas en las que hayan transcurrido hasta cinco años desde su emisión.